COVID-19. PROGRAMA VII: AYUDAS PARA EL MENTENIMIENTO DEL EMPLEO EN EL ÁMBITO AGRARIO TRAS LA FINALIZACIÓN DEL ESTADO DE ALARMA.
DECRETO-LEY 8/2020, de 24 de abril, por el que se adoptan medidas urgentes y extraordinarias para el mantenimiento y recuperación del empleo frente a la crisis ocasionada por el COVID-19.
Objeto.
Mejorar la gestión integral de las Comunidades de Regantes establecidas en zonas regables de iniciativa pública situadas en la Comunidad Autó-noma de Extremadura, así como de las Asociaciones de Comunidades de Regantes y Comunidades de Usuarios de Aguas (Comunidades Generales o Juntas Centrales de Usuarios), todas ellas principalmente vinculadas con el regadío, y que, además, realicen en común una inversión, mejorando la competitividad de las explotaciones agrarias y fomentando la aplicación de nuevas tecnologías y la innovación.
Finalidad.
Contratación de personal técnico y personal de campo especializado o personal administrativo para la óptima gestión de las entidades solicitantes.
Beneficiario.
Corporaciones de derecho público adscritas al Organismo de Cuenca. Además de Comunidades de Regantes establecidas en zonas regables de iniciativa pública situadas en Extremadura.
Cuantía.
Entre 120.000 y 240.000. El importe del coste subvencionable mínimo será de 20.000 €.
Plazo.
Un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la resolución de convocatoria de la ayuda y del extracto de la misma en el Diario Oficial de Extremadura.
Vigencia.
El plazo máximo para la finalización de la ejecución de las inversiones aprobadas se establecerá en la Resolución de la correspondiente convocatoria y será de 2 años consecutivos.