AYUDAS PARA LA ACTIVACIÓN DE LA DEMANDA EN EXTREMADURA.
DECRETO-LEY 14/2020 de 22 de julio, de medidas para la activación de la demanda en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Objeto.
El presente decreto tiene por objeto activar la demanda de las Pymes radicadas en Extremadura mediante la aplicación de descuentos en la venta de los bienes y/o productos que se relacionan en cada uno de los programas de ayuda, con el fin de incrementar las ventas de las Pymes mejorando de esta forma sus cifras de negocio, lo que contribuirá a generar empleo y riqueza en la región.
Programa de subvenciones.
- Activación de la demanda en el comercio al por menor textil y calzado (IAE: 651.2, 651.3, 651.6 y 651.7).
- Activación de la demanda en el comercio al por menor de muebles (IAE: 653.1).
- Activación de la demanda de aparatos electrodomésticos de alta eficiencia energética (IAE: 653.2).
- Activación de la demanda para la mejora de la eficiencia energética y accesibilidad en viviendas (IAE: 653.2 653.4, 653.5, 653.6, 504.6 y 659.3).
Beneficiarios.
Personas físicas o jurídicas, incluidas CB y ESPJ que dispongan de al menos, un establecimiento de venta en Extremadura.
Gastos subvencionables.
1. Gastos de adquisición de stock de producto.
2. Gastos fungibles y de inversión relacionadas con el COVID-19 (EPIs, acondicionamiento de espacios, desinfección y material de prevención para la población).
3. Gastos corrientes directamente relacionados con el establecimiento comercial:
- Gastos de limpieza, suministros energéticos, teléfono, internet y prima de seguro.
- Servicios de contratación de asesoramiento vinculados al impacto de la COVID-19.
- Costes de afiliación a asociaciones comerciales.
- Gastos de alquiler de local.
Serán tenidos en cuenta los gatos devengados y pagados desde el 1/02/2020 hasta la finalización del plazo de justificación de las inversiones.
Cuantía de las ayudas.
Las ayudas consistirán en un subvención del 100% de los gastos subvencionables, IVA excluido, con el límite máximo establecido para cada uno de los programas de activación de la demanda.
- Activación de la demanda en el comercio al por menor textil y calzado: 1.000€ por cada personas beneficiaria y establecimiento de venta.
- Activación de la demanda en el comercio al por menor de muebles: 2.000€ por cada personas beneficiaria y establecimiento de venta.
- Activación de la demanda de aparatos electrodomésticos de alta eficiencia energética: 6.000€ por cada personas beneficiaria y establecimiento de venta.
- Activación de la demanda para la mejora de la eficiencia energética y accesibilidad en viviendas: 6.000€ por cada personas beneficiaria y establecimiento de venta.
Activación de la demanda.
Las entidades beneficiarias deberán llevar a cabo medidas de activación de la demanda mediante la práctica de descuentos en el precio final, IVA excluido, en los bienes y/o productos que se establecen para cada uno de los programas de ayudas.
Las entidades beneficiarias deberán destinar la subvención concedida a practicar descuentos en el precio final de venta de los bienes y/o productos que se establecen para cada uno de los programas de ayudas:
- Activación de la demanda en el comercio al por menor textil y calzado: 25% de descuento en el precio de venta de los bienes y/o productos que comercialicen.
- Activación de la demanda en el comercio al por menor de muebles: 25% de descuento en el precio de venta de los bienes y/o productos que comercialicen.
- Activación de la demanda de aparatos electrodomésticos de alta eficiencia energética:
*Electrodomésticos A+++: 150€ de descuento.
*Electrodomésticos A++: 120€ de descuento.
*Encimera de inducción total: 100€
*Horno A+: 100€
- Activación de la demanda para la mejora de la eficiencia energética y accesibilidad en viviendas: 40% de descuento en el precio de venta de los bienes que comercialicen.
Serán tenidas en cuenta las ventas con descuentos realizadas desde el 28/07/2020 hasta la finalización del plazo para la justificación de la subvención.
La persona compradora deberá facilitar al establecimiento para la práctica de dicho descuento los datos que acrediten su identidad, e indicar un número de teléfono o una dirección de correo electrónico, a efectos del seguimiento y comprobación de la correcta ejecución de las operaciones de venta.
Durante el periodo de ventas con descuentos, el establecimiento deberá cumplir con la obligación de colocar en un lugar bien visible un cartel relativo a estos programas, que estará disponible en https://reactivaextremadura.juntaex.es/
Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para presentar la solicitud comenzará el 17 de agosto de 2020 y el interesado tendrá 10 días hábiles para completar su solicitud y validarla con su clave personal.
El régimen de concesión de las subvenciones será mediante concesión directa atendiendo el orden de entrada de las solicitudes, hasta agotar la el crédito disponible.
La solicitud y documentación justificativa se presentará en el modelo normalizado accesible en https://reactivaextremadura.juntaex.es/ previo registro en la plataforma tecnológica habilitada.
Otros datos de interés.
Las ayudas se concederán a más tardar el 31 de Diciembre de 2020.
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de 1 mes a contar desde la presentación de la solicitud de subvención.
Una vez dictada la resolución, se procederá con un pago del 50% de la cuantía concedida. El segundo pago se realizará tras la justificación final de la ayuda. El plazo máximo para presentar la justificación será de 4 meses a contar desde la concesión de la subvención.