Ayudas para la mejora competitiva de la Pyme Extremeña.
ORDEN de 6 de marzo de 2019 por la que se realiza la convocatoria de ayudas para la puesta en marcha de un Programa para la Mejora Competitiva de la Pyme Extremeña en la anualidad 2019, regulada en el Decreto 105/2016, 19 de Julio y su posterior modificación mediante Decreto 82/2017, 13 de Junio)
Objeto.
La presente orden tiene por objeto efectuar la convocatoria de las ayudas para la puesta en marcha de un Programa para la Mejora Competitiva de la Pyme Extremeña en la anualidad 2019.
Beneficiarios.
1. Pymes de la Comunidad Autónoma de Extremadura que cuenten, con una media de cinco a más trabajadores en los últimos doce meses a la fecha de la presentación de solicitud, o en su defecto, que cuente con cinco a más trabajadores en la fecha de presentación de solicitud de la ayuda.
2. Para obtener la condición de Pymes deberán obtener alguna de las siguientes formas jurídicas: Persona físicas, Sociedades Anónimas, Sociedades Limitadas, Sociedades Cooperativas, Comunidades de Bienes, Sociedades Civiles y Sociedades Agrarias de Transformación.
3. Para obtener la condición de beneficiario, la Pyme deberá tener, al menos, centro productivo en la Comunidad Autónoma de Extremadura, que el proyecto a subvencionar vaya dirigido a la mejorar competitiva del centro productivo y encontrarse la Pyme dada de alta en alguno de los siguientes sectores del Impuesto de Actividad Económicas:
· Sección 22 “Producción y Primera Transformación de Metales”
· Sección 24 “Industrias de Productos minerales no Metálicos”
· Sección 25 “Industria Química”
· Sección 3 “Industrial Transformadora de los metales. Mecánica de Precisión”
· Sección 4 “Otras Industrias Manufactureras”
· Sección 6.1 “Comercio al por mayor”
· Sección 6.2 “Recuperación de productos”
· Sección 722 “Transporte de Mercancía por carretera”
· Sección 754 “Depósitos y Almacenamiento de Mercancías”
· Sección 936 “Investigación Científica y Técnica
Quedan excluido de la ayuda, los sectores de acuicultura, pesca, la producción primaria de productos agrícolas, así como todas aquellas excepciones referidas en el Reglamento (UE) nº 1407/2013 de 18 de diciembre de 2013.
Proyectos subvencionables.
1. OPTIMIZACIÓN DE LOS PROCESOS Y SISTEMAS DE GESTIÓN
· Optimización de los procesos productivos que mejoren su posición competitiva
· Implantación y certificación de sistema de gestión de calidad mediante la Norma ISO 9001
· Implantación y certificación de sistema de gestión medioambiental mediante la norma ISO 14001
· Implantación y certificación de sistema de gestión de la I+D+i, mediante la norma UNE 16602
· Implantación y certificación de un sistema de Vigilancia Tecnológica, mediante la norma UNE 166006
· Implantación y certificación de un sistema de gestión integrado de dos normas de las referenciadas anteriormente
· Implantación y certificación de normas y protocolos dirigidos a garantizar la seguridad alimentaria, tales como BRC, IFS, ISO 22000, FSSC 22000 u otras de naturaleza similar
· Implantación y certificación de dos normas de las referenciadas en el punto anterior
· Soluciones tecnológicas dirigidas a posibilitar la gestión de todos los procesos de una empresa de una forma conjunta o integrada a través de la implantación de herramientas ERP, CRM, SCM, MES, PLM, PDM, PPS, PDA y MDC.
2. ACCIONES DE DISEÑO INDUSTRIAL
· Acciones de diseño del producto, rediseños o adaptaciones de productos ya existentes, envases y embalajes nuevos y novedosos, que permitan alcanzar una ventaja competitiva en el menor tiempo posible, resolviendo problemas logísticos o funcionales permitiendo el acceso a la Pyme a nuevos mercados.
Gastos subvencionables, Inversión subvencionable y porcentaje de subvención.
1. OPTIMIZACIÓN DE LOS PROCESOS Y SISTEMAS DE GESTIÓN
Proyectos de optimización de procesos productivos: el gasto subvencionable será la realización por parte de una consultora especializada un análisis empresarial a fin de conocer la situación actual de la empresa y los problemas que impiden su crecimiento.
Se subvencionará el 80% del coste subvencionable, con un límite máximo de 15.000€, IVA excluido.
Apoyo a la implantación y certificación de sistemas de gestión: se subvencionaran los gatos de colaboraciones externas de consultoría cualificada para implantar y certificar la norma.
· Apoyo a la implantación y certificación de sistemas de calidad, de gestión medioambiental, de gestión de I+D+i ó de Vigilancia Tecnológica.
Se subvencionará el 80% del coste subvencionable, con un límite máximo de 6.000€, IVA excluido.
· Apoyo a la implantación y certificación de un sistema integrado por las normas UNE EN ISO 9001 y UNE EN ISO 14001 o por la implantación y certificación de dos de las siguientes normas UNE-EN-ISO-9001, UNE-EN-ISO 14001, UNE 166002 y UNE 166006.
Se subvencionará el 80% del coste subvencionable, con un límite máximo de 9.000€, IVA excluido.
Soluciones tecnológicas: serán subvencionables los gastos de colaboración externa o consultoría especializada necesaria para la implantación de la solución tecnológica, así, como las herramientas y licencias oportunas para el uso de las mismas.
Se subvencionará el 80% del coste subvencionable, con un límite máximo de 9.000€, IVA excluido.
2. ACCIONES DE DISEÑO INDUSTRIAL: serán subvencionables tres tipología de gasto:
· Realización por parte de una consultoría externa especializada un proyecto de diseño, desarrollo e ingeniería de producto y/o de envase y/o embalaje.
Se subvencionará el 80% del coste subvencionable, con un límite máximo de 15.000€, IVA excluido.
· Diseño o adaptación de la identidad corporativa asociada a un nuevo producto, envase o embalaje.
Se subvencionará el 50% del coste subvencionable, con un límite máximo de 5.000€, IVA excluido.
· Gastos de promoción específica del producto, envase o embalaje y/o gastos de fabricación propia o por terceros, de las primeras unidades del producto, envase o embalaje y gastos de etiquetaje.
Se subvencionará el 50% del coste subvencionable, con un límite máximo de 4.000€, IVA excluido.
Mantenimiento de la actividad y empleo.
Los beneficiarios de las ayudas estarán obligados a mantener en Extremadura la actividad de su empresa, la operatividad del proyecto subvencionado y la misma media de trabajadores que le dio acceso a la adquisición de condición de beneficiario durante un periodo de tres años consecutivos.
Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitud irá desde el 29 de Marzo de 2019 hasta el 10 de Mayo de 2019.