Ayudas para la contratacion de jovenes titulados en practicas y su transformacion en indefinida.
RESOLUCIÓN 27 de noviembre de 2019 por la que se aprueba la convocatoria de las subvenciones para el fomento de la contratación en práctica y su transformación en contratación indefinida de personas jóvenes con titulación en la Comunidad Autónoma de Extremadura, recogida en el Decreto 135/2017 de 29 de Agosto.
Objeto.
El presente decreto tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la contratación en prácticas y su transformación en contratación indefinida de personas jóvenes tituladas universitarias o con titulación de formación profesional, de grado medio o superior, o títulos oficialmente reconocidos como equivalentes ó de certificados de profesionalidad, sin previa o escasa experiencia laboral en empleos relacionados con su titulación, con el fin de favorecer su empleabilidad a través de la adquisición de experiencia profesional y consolidar su inserción laboral.
Programa de subvenciones.
Programa I: Ayudas a la contratación en prácticas de personas jóvenes tituladas universitarias o con titulación de formación profesional, de grado medio o superior, o títulos oficialmente reconocidos como equivalentes ó de certificados de profesionalidad.
Programa II: Ayudas a la transformación en indefinidos de los contratos en prácticas subvencionados en el programa I.
Beneficiarios.
Empresas, autónomos, profesionales colegiados, asociaciones o entidades sin ánimo de lucro, comunidades de bienes, sociedades civiles y uniones temporales de empresas.
Requisitos de las entidades beneficiarias.
- No estar incursas en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 12.2 y 3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- Estar radicadas en Extremadura.
- Que el puesto de trabajo que se cree o se transforme radique en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- Hallarse al corriente de las obligaciones fiscales y tributarias con el Estado, con la Seguridad Social y con la Hacienda de la Comunidad Autónoma.
- La entidad deberá haber mantenido el nivel de empleo indefinido existente en los 12 meses anteriores a la formación del contrato objeto de subvención.
Exclusiones.
- Las relaciones laborales de carácter especial, previstas en el artículo 2.1 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
- Contrataciones que afecten al cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes, por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado.
No será de aplicación esta exclusión cuando el empleador sea un trabajador autónomo que contrate como trabajador por cuenta ajena a los hijos menores de treinta años tanto si conviven o no con él, o cuando se trate de un trabajador autónomo sin asalariados, y contrate a un familiar menor de 45 años, que no conviva en su hogar ni esté a su cargo.
- Contrataciones realizadas con trabajadores que en los 6 meses anteriores a la fecha de la contratación hubiesen prestado servicios con uno o varios contratos de duración determinada, siempre que en dicho periodo hubieran superado 30 días continuos o discontinuos, a excepción del Programa II, o bien en los 24 meses anteriores con contrato indefinido, en la misma empresa o grupo de empresa.
- Los puestos de trabajo que hayan sido ocupados en los últimos 6 meses por personas que reúnan los mismo requisitos de titulación y hubieran cauda baja no voluntaria en la empresa.
- Las contrataciones que afecten a socios trabajadores.
- Las empresas que hayan extinguido contratos de trabajo indefinidos, despidos colectivos o disciplinarios declarados como improcedentes en los últimos 6 meses.
- Las contrataciones indefinidas de carácter fijo-discontinuo.
Contratos subvencionables.
Programa I:
- Contrato en prácticas de personas jóvenes menores de 30 años tituladas universitarias, de formación profesional de grado medio o superior ó título oficialmente reconocido como equivalente.
- Las contrataciones deberán efectuarse a jornada completa y con una duración mínima de 6 meses.
- Las personas contratadas deberán figurar inscritas en el Fichero Sistema de Garantía Juvenil en el momento de realizarse la contratación.
- Los contratos en prácticas deberán formalizarse en modelo oficial, haciendo constar la titulación de la persona a contratar, la fecha de inicio y fin de contrato, así como el puesto de trabajo a desempeñar y comunicarse al SEXPE.
- Los puestos de trabajo de los contratos en prácticas deberán adecuarse a la titulación de la persona contratada, y por tanto, deberán encuadrarse en el grupo de cotización que corresponda con su titulación.
Programa II:
- Transformación en indefinidos de los contratos en prácticas subvencionados en el programa I.
- La jornada laboral de los contratos indefinidos deberá ser como mínimo del 70% de la jornada habitual de la empresa.
- Los contratos deberán formalizarse por escrito y comunicarse al SEXPE.
La remuneración bruta anual (incluida pagas extras) deberá constar en el contrato y no podrá ser inferior a las siguientes cuantías:
TITULACIÓN UNIVERSITARIA: 18.000 €
FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO SUPERIOR (FPII): 14.000 €
FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO MEDIO (FPI) Y CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD: 12.000 €
Obligaciones del beneficiario.
Programa I: mantener el contrato objetivo de subvención durante el periodo mínimo fijado en el mismo a jornada completa.
Programa II: mantener el contrato objetivo de subvención durante un mínimo de 24 meses.
En ambos programas, se deberá mantener el empleo indefinido existente en la empresa beneficiaria el día anterior a la contratación objeto de subvención. Se entiende que cumple con esta obligación, cuando el número de personas trabajadoras en la empresa el día anterior a la contratación objeto de subvención sea el mismo, que el existente a la finalización del respectivo periodo subvencionado.
Cuantía de las ayudas.
PROGRAMA I
* CONTRATO DE SEIS MESES
Titulación Universitaria: 5.000€
Formación profesional de Grado Superior (FPII): 4.000€
Formación profesional de Grado Medio (FPI) y Certificado de Profesionalidad: 3.500€
* CONTRATO DE NUEVE MESES
Titulación Universitaria: 7.500€
Formación profesional de Grado Superior (FPII): 6.000€
Formación profesional de Grado Medio (FPI) y Certificado de Profesionalidad: 5.250€
* CONTRATO DE DOCE MESES
Titulación Universitaria: 10.000€
Formación profesional de Grado Superior (FPII): 8.000€
Formación profesional de Grado Medio (FPI) y Certificado de Profesionalidad: 7.000€
PROGRAMA II
* TRANSFORMACIÓN DEL CONTRATO DE SEIS MESES
Hombre: 7.000€
Mujer: 5.500€
* TRANSFORMACIÓN DEL CONTRATO DE NUEVE MESES
Hombre: 6.000€
Mujer: 4.500€
* TRANSFORMACIÓN DEL CONTRATO DE DOCE MESES
Hombre: 5.500€
Mujer: 4.000€
Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de vigencia de la presente convocatoria se extenderá hasta el 10 de Diciembre de 2020.
Durante el periodo de vigencia de la convocatoria, las entidades interesadas deberán solicitar las subvenciones dentro del plazo de dos meses, contados a partir de la fecha de inicio de la contratación o la transformación.