COVID-19. LÍNEA DE AVALES PARA AUTÓNOMOS Y PYMES
Resolución de 25 de marzo de 2020, por el que se aprueban el primer tramo de la línea de avales del ICO para empresas y autónomos, para paliar los efectos económicos del COVID-19.
Se aprueban las características del primer tramo de la Línea de Avales, por importe de 20.000 millones de euros, para empresas y autónomos, recogida en el Real Decreto Ley 8/2020 de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.
El 50% del importe se empleará para garantizar préstamos de autónomos y pymes para renovación y nuevos préstamos, y el otro 50% irá destinado a empresas que no reúnan la condición de pyme.
Esta línea de avales, que será gestionada por el Instituto de Crédito Oficial (ICO), y tiene por objetivo cubrir los nuevos préstamos y otras modalidades de financiación y las renovaciones concedidas por entidades financieras a empresas y autónomos para atender las necesidades de financiación derivadas, entre otros, de pagos de salarios, facturas, necesidad de circulante u otras necesidades de liquidez, incluyendo las derivadas de vencimientos de obligaciones financieras o tributarias, a los efectos de facilitar el mantenimiento del empleo y de paliar los efectos económicos del COVID-19.
Características de los préstamos:
Los préstamos se otorgarán a empresas y autónomos que tengan domicilio social en España y hayan sido formalizados o renovados con posterioridad al 17 de marzo de 2020.
1. Las empresas y autónomos no pueden figurar en situación de morosidad en la consulta a los ficheros de la Central de Información de Riesgos del Banco de España (CIRBE) a 31 de diciembre de 2019.
2. Las empresas y autónomos, no pueden estar sujetos a un procedimiento concursal a fecha de 17 de marzo de 2020.
3. La garantía cubre, en el caso de autónomos y pymes, el 80% de los nuevos préstamos y renovaciones de financiación. Para el resto de empresas, se garantiza el 70% de la nueva financiación concedida y el 60% de las operaciones de renovación.
4. Los avales podrán solicitarse hasta el 30 de septiembre de 2020 y el plazo de los avales no podrá exceder de 5 años.
5. La remuneración de los avales irá entre 20 y 120 puntos básicos anuales dependiendo del importe y plazo de la operación.